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	<title>MundoDominicano &#187; Poderes del Estados</title>
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	<description>Todo sobre la República Dominicana</description>
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		<title>Poder Judicial</title>
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		<pubDate>Fri, 25 Sep 2009 04:15:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ecox</dc:creator>
				<category><![CDATA[Poder Judicial]]></category>
		<category><![CDATA[corte]]></category>
		<category><![CDATA[judicial]]></category>
		<category><![CDATA[magistratura]]></category>
		<category><![CDATA[Suprema]]></category>

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		<description><![CDATA[El Poder Judicial tiene la responsabilidad de hacer cumplir las leyes. Este es el Poder que administra la justicia en el país. Este Poder se ejerce por la Suprema Corte de Justicia y por los Tribunales del Orden Judicial creados por la Constitución y las Leyes.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div class="tweetmeme_button" style="float: right; margin-left: 10px;"><a href="http://api.tweetmeme.com/share?url=http%3A%2F%2Fmundodominicano.net%2Fgobierno%2Fpoderes-estado%2Fpoderjudicial%2Fpoder-judicial"><img src="http://api.tweetmeme.com/imagebutton.gif?url=http%3A%2F%2Fmundodominicano.net%2Fgobierno%2Fpoderes-estado%2Fpoderjudicial%2Fpoder-judicial" height="61" width="51" /></a></div><p style="text-align: justify;">El Poder Judicial tiene la responsabilidad de hacer cumplir las leyes. Este es el Poder que administra la justicia en el país.</p>
<p style="text-align: justify;">Este Poder se ejerce por la Suprema Corte de Justicia y por los Tribunales del Orden Judicial creados por la Constitución y las Leyes.</p>
<p style="text-align: justify;">La Suprema Corte de Justicia la componen 11 jueces designados por el Consejo Nacional de la Magistratura, el cual está presidido por el Presidente de la República, en ausencia de éste por el Vicepresidente de la República y en ausencia de ambos por el Procurador General de la República. Son, además, miembros de este Consejo, el presidente del Senado, un Senador de otro partido, el presidente de la Cámara de Diputados, un Diputado de otro partido, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia y un Magistrado de la Suprema Corte escogido por ella misma.</p>
<p style="text-align: justify;">Para ser Juez de la Suprema se requiere se dominicano de nacimiento u origen, tener más de 35 años, hallarse en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, ser Licenciado o Doctor en Derecho y haber ejercido la profesión de abogado o funciones judiciales por lo menos 12 años.</p>
<p style="text-align: justify;">El Ministerio Público es un representante de la sociedad cuya función es perseguir a quienes infrinjan la ley y acusarlos frente a los difernetes tribunales.</p>
<p style="text-align: justify;">El Ministerio Público ante la Suprema Corte de Justicia está representado por el Procurador General de la República. Ante las Cortes de Apelaciones, ejercen sus funciones los Procuradores Generales de las Cortes de Apelación. Hay por lo menos nueve Cortes de Apelación para toda la República.</p>
<p style="text-align: justify;">En cada Distrito Judicial hay un Juzgado de Primera Instancia. Los Procuradores Fiscales son los representantes del Ministerio Público ante los juzgados de Primera Instancia.</p>
<p style="text-align: justify;">En el Distrito Nacional y en cada municipio hay un Juzgado de Paz. Para ser Juez de Paz o Fiscalizador, se requiere ser dominicano, abogado y estar en plenos derechos civiles y políticos. No se requiere ser abogado para desempeñar esas funciones en municipios donde no sea posible designar abogados, excepto en el Distrito Nacional y los municipios cabeceras de provincias.</p>
<p style="text-align: justify;">La Cámara de Cuentas tiene un carácter principalmente técnico. Es quien examina las cuentas generales y particulares de la República. Se requiere ser dominicano de más de 25 años, abogado o Lic. en Finanzas o Contador Público Autorizado.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Corresponde exclusivamente a la Suprema Corte de Justicia:</strong></p>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Conocer en única instancia de las causas penales seguidas al Presidente y Vicepresidente de la República, a los Senadores, Diputados, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, Jueces de la Suprema Corte de Justicia, Procurador General de la República, Jueces y procuradores Generales de las Cortes de Apelación, abogados del Estado ante el Tribunal de Tierras, Jueces del Tribunal Contencioso Tributario; y de la Constitucionalidad de las Leyes, a instancias del Poder Ejecutivo, de uno de los presidentes de las Cámaras del Congreso Nacional o de parte interesada.</li>
<li>Conocer de los recursos de casación de conformidad con la Ley.</li>
<li>Conocer en último recurso de las causas cuyo conocimiento en primera distancia competa a las Cortes de Apelación.</li>
<li>Elegir los Jueces de las Cortes de Apelación, del Tribunal de Tierras, de los Juzgados de primera Instancia, los jueces de Instrucción, los Jueces de Paz y sus suplentes, los Jueces del Tribunal Contencioso Tributario y los Jueces de cualesquiera otros tribunales del orden Judicial creados por la Ley, de conformidad a lo establecido en la Ley de Carrera Judicial.</li>
<li>Ejercer la más alta autoridad disciplinaria sobre todos los miembros del Poder Judicial, pudiendo imponer hasta la suspención o destitución en la forma que determine la Ley.</li>
<li>Trasladar provisional o definitivamente de una jurisdicción a otra, cuando lo juzgue útil, los Jueces de las Cortes de Apelación, los Jueces de Primera Instancia, los Jueces de Jurisdicción Original del Tribunal de Tierras, los Jueces de Instrucción, los Jueces de Paz, y los demás Jueces de los Tribunales que fueron creados por la Ley.</li>
<li>Crear los cargos administrativos que sean necesarios para que el Poder Judicial pueda cumplir cabalmente las atribuciones que le confieren la Constitución y las Leyes.</li>
<li>Nombrar todos los funcionarios y empleados que dependan del Poder Judicial.</li>
<li style="text-align: justify;">Fijar los sueldos y demás remuneraciones de los Jueces y del personal administrativo perteneciente al Poder Judicial.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">
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		<title>Poder Legislativo</title>
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		<pubDate>Fri, 25 Sep 2009 04:14:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ecox</dc:creator>
				<category><![CDATA[Poder Legislativo]]></category>
		<category><![CDATA[Congreso]]></category>
		<category><![CDATA[diputados]]></category>
		<category><![CDATA[senadores]]></category>

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		<description><![CDATA[El Poder Legislativo se ejerce por un Congreso de la República, formado por una Cámara de Senadores y una Cámara de Diputados. La elección de los Senadores y Diputados se realiza por voto directo en elecciones nacionales celebradas cada cuatro años.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div class="tweetmeme_button" style="float: right; margin-left: 10px;"><a href="http://api.tweetmeme.com/share?url=http%3A%2F%2Fmundodominicano.net%2Fgobierno%2Fpoderes-estado%2Fpoderlegislativo%2Fpoder-legislativo"><img src="http://api.tweetmeme.com/imagebutton.gif?url=http%3A%2F%2Fmundodominicano.net%2Fgobierno%2Fpoderes-estado%2Fpoderlegislativo%2Fpoder-legislativo" height="61" width="51" /></a></div><p style="text-align: justify;">El Poder Legislativo se ejerce por un Congreso de la República, formado por una Cámara de Senadores y una Cámara de Diputados.</p>
<p style="text-align: justify;">La elección de los Senadores y Diputados se realiza por voto directo en elecciones nacionales celebradas cada cuatro años. Ellos son postulados por sus respectivos partidos políticos ante la Junta Central Electoral.</p>
<p style="text-align: justify;">Los cargos de diputado y senador son incompatibles con otra función en la administración pública.</p>
<p style="text-align: justify;">El Poder Legislativo tiene como función hacer las leyes que regirán en toda la Nación.</p>
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		<title>Poder Ejecutivo</title>
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		<pubDate>Fri, 25 Sep 2009 04:11:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ecox</dc:creator>
				<category><![CDATA[Poder Ejecutivo]]></category>
		<category><![CDATA[Presidente]]></category>
		<category><![CDATA[Vicepresidente]]></category>

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		<description><![CDATA[El Presidente de la República será elegido cada cuatro años por voto directo y podrá optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiéndose postular jamás para Presidente, ni para Vicepresidente.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div class="tweetmeme_button" style="float: right; margin-left: 10px;"><a href="http://api.tweetmeme.com/share?url=http%3A%2F%2Fmundodominicano.net%2Fgobierno%2Fpoderes-estado%2Fpoderejecutivo%2Fpoder-ejecutivo"><img src="http://api.tweetmeme.com/imagebutton.gif?url=http%3A%2F%2Fmundodominicano.net%2Fgobierno%2Fpoderes-estado%2Fpoderejecutivo%2Fpoder-ejecutivo" height="61" width="51" /></a></div><p style="text-align: justify;">El Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente de la República.</p>
<p style="text-align: justify;">El Presidente de la República será elegido cada cuatro años por voto directo y podrá optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiéndose postular jamás para Presidente, ni para Vicepresidente.</p>
<p style="text-align: justify;">Para ser Presidente es necesario ser dominicano de nacimiento u origen, tener 30 o más años, estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos y no estar en servicio militar o policial activo, por lo menos durante un año antes de las elecciones.</p>
<p style="text-align: justify;">El Presidente es el jefe de la administración pública y el jefe supremo de todas las fuerzas armadas de la República y de los cuerpos policiales.</p>
<p style="text-align: justify;">El Vicepresidente es elegido de la misma forma y por igual período que el Presidente. Las condiciones para su elección son las mismas que las requeridas para la presidencia.</p>
<p style="text-align: justify;">Ambos prestarán juramento de sus cargos el 16 de agosto siguiente a su elección.</p>
<p style="text-align: justify;">El Vicepresidente ejerce las funciones del Presidente cuando éste no puede hacerlo por encontrarse en el extranjero, por enfermedad o por cualquier otra causa mayor. Si faltara también el Vicepresidente, ejercerá las funciones el Presidente de la Suprema Corte de Justicia.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>JURAMENTO QUE EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE, ANTES DE ENTRAR EN FUNCIONES, PRESTAN ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL</strong></p>
<p style="text-align: justify;">“Juro por Dios, por la Patria y por mi honor; cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República, sostener y defender su independencia, respetar sus derechos y llenar fielmente los deberes de mi cargo”.</p>
<p style="text-align: justify;">
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