Las Leyes Dominicanas
Ante la Ley todos los ciudadanos son iguales.
La presentación de un Proyecto de Ley es un proceso que comienza con la elaboración de la misma. Debe ser introducida al Congreso Nacional por una de las Cámaras para su posterior promulgación. Un proyecto para ser convertido en Ley debe ser aprobado con el mismo contenido por ambas Cámaras y después enviado al Presidente de la República quien es el que la promulga y publica. A partir de ese momento es obligatoria.
Si el Presidente la veta, la propuesta deberá volver al Congreso con las enmiendas de lugar y ser nuevamente sometida a discusión. En este caso, si se aprueba con las dos terceras partes del número total de miembros de cada Cámara, se considerará definitivamente Ley y el Presidente de la República estará obligado a promulgarla y a publicarla.